De qué trata

La República de Panamá solicitó la extradición de su nacional Abdiel Antonio Mela, requerido por un juzgado de Panamá Oeste para comparecer a juicio por tentativa de homicidio doloso. Según los hechos del 11 de septiembre de 2020, el requerido y otras dos personas ingresaron armadas a una vivienda y, sin mediar palabra, dispararon contra tres personas, hiriendo a dos. La Corte Suprema debía emitir el concepto previo a la decisión del Gobierno sobre la entrega.

Qué decidió la Corte

La Corte emitió concepto favorable a la extradición, con base en el tratado bilateral de 1927 vigente entre Colombia y Panamá. Constató la validez de los documentos, la plena identidad, la jurisdicción de Panamá, la ausencia de prescripción y la doble incriminación. Precisó que la conducta equivale en Colombia a homicidio agravado en grado de tentativa, pero descartó la agravante de sevicia propuesta por el Ministerio Público (la sola cantidad de heridas no la configura) y mantuvo solo la agravante de indefensión de las víctimas. La entrega quedó condicionada a no someter al requerido a cadena perpetua ni tratos crueles, y a descontar el tiempo detenido.

Por qué importa

La decisión muestra que el concepto de extradición se rige por el tratado aplicable a cada país, y que la Corte ajusta con rigor la equivalencia entre los delitos de los dos ordenamientos, sin asumir agravantes que el relato de los hechos no respalda. También recuerda que la prohibición de extraditar nacionales protege a los colombianos, pero no a los extranjeros requeridos por su propio Estado.