De qué trata

Un hombre de 30 años fue condenado por acceso carnal abusivo con menor de 14 años, tras sostener relaciones sexuales con una niña de 12 años en una vereda de Simacota (Santander). Su defensa acudió en casación con tres cargos por violación indirecta de la ley, sosteniendo que él creía que la menor superaba los 14 años por su apariencia física desarrollada, lo que configuraría un error de tipo que excluye la responsabilidad. Alegó que las instancias cercenaron y tergiversaron los testimonios de la madre y de la víctima.

Qué decidió la Corte

La Sala de Casación Penal inadmitió la demanda. Encontró que el defensor no cumplió la técnica del falso juicio de identidad, pues no confrontó el texto literal de las pruebas con lo que la sentencia les hizo decir, limitándose a expresar su desacuerdo. Además, mezcló indebidamente errores de identidad con falso raciocinio, vulnerando la unidad lógica del reproche. La Corte verificó que el Tribunal sí descartó razonadamente el error de tipo, con base en el parentesco del acusado con la familia, su cercanía como vecino, la advertencia de la madre y el propio dicho de la víctima.

Por qué importa

El fallo recuerda que el error de tipo sobre la edad de la víctima debe valorarse frente a todas las pruebas, no solo a la apariencia física. También precisa que cada cargo de casación exige una técnica propia: el falso juicio de identidad requiere demostrar la alteración material del contenido de la prueba, mientras el falso raciocinio exige identificar la regla de la sana crítica vulnerada. Confundirlos impide el estudio de fondo.