De qué trata

Un hombre fue condenado por receptación tras ser sorprendido con una bicicleta que había sido hurtada y cuya propiedad reclamaba otro ciudadano. Mediante preacuerdo aceptó su responsabilidad y recibió una pena de 32 meses de prisión, pero se le negaron los mecanismos sustitutivos de la cárcel. Su defensa presentó casación con dos cargos: uno principal, alegando violación al debido proceso porque no se aplicó la excepción de inconstitucionalidad para inaplicar el artículo 68 A del Código Penal (que prohíbe la prisión domiciliaria en este delito), y otro subsidiario, por supuestos errores en la valoración de las pruebas sobre los requisitos del beneficio.

Qué decidió la Corte

La Corte inadmitió la demanda. Sobre el primer cargo, observó que en realidad no se planteaba una irregularidad procesal sino, confusamente, una violación de la ley, y que el defensor nunca explicó por qué el artículo 68 A sería contrario a la Constitución; no basta con afirmar que su aplicación es injusta o discriminatoria. Sobre el segundo cargo, encontró que la defensa atacó razones que el juzgado nunca usó: el beneficio se negó por una prohibición legal objetiva, no por la valoración de las pruebas. Por eso la demanda se apartó de lo realmente ocurrido en el proceso.

Por qué importa

La decisión recuerda que pedir la inaplicación de una ley por inconstitucional (excepción de inconstitucionalidad) exige demostrar una contradicción clara y manifiesta con la Constitución, no solo señalar consecuencias indeseables en el caso. También reafirma que en casación los reproches deben corresponder fielmente a lo que la sentencia dijo y decidió, no a motivos inventados o ajenos al fallo.